
_____________________ULTIMAS NOTICIAS _______________________
En fechas recientes, el Ayuntamiento de Madrid ha contestado a algunas de las reclamaciones presentadas denegándolas.
Queremos aclarar que nuestras reclamaciones están amparadas por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Por tanto hay que esperar hasta que la sentencia sea firme para que la reclamación surta efecto.
¿Por qué tienes que reclamar?
Para tener la opción de que te devuelvan el dinero que has pagado por esta tasa anulada. Para ello, es imprescindible reclamar.
¿Quién puede reclamar?
Todo aquel que haya pagado la tasa a partir del año 2006 hasta el 2008. (Comunidad de vecinos, viviendas unifamiliares, talleres, comercios, garajes, etc)
¿Cuándo debes reclamar?
Una vez finalizado el plazo para reclamar la devolución de la tasa pagada en el año 2008, pueden seguir presentando solicitud de devolución -los propietarios de garajes de nueva construcción-, en el plazo de un mes desde la fecha de alta de la matrícula.
¿Cómo puedes reclamar?
Presentando una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid.
La reclamación se puede entregar en cualquier oficina de Registro del Ayuntamiento de Madrid.
El Grupo Municipal Socialista te facilita el modelo de reclamación.
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TASA DE VADOS 2009 (Si no vas a reclamar los años anteriores, puedes utilizar estos modelos de reclamación)
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DOCUMENTOS ACTUALIZADOS
También puedes acercarte a las oficinas del Grupo Municipal Socialista que hay en cada una de las Juntas Municipales de Distrito (Infórmate previamente en el 91 588 21 70), o enviar un correo electrónico pidiendo información a vados@psoemadrid.org |
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TASA DE VADOS 2006-2009 (Si aún no has reclamado los años anteriores y quieres hacerlo, puedes utilizar estos modelos)
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Es importante conservar copia de la reclamación registrada para futuras actuaciones
Informe sobre la TASA DE VADOS:
CRÓNICA DE UNA SENTENCIA ANUNCIADA
_____________________DEBES SABER _______________________
La sentencia del TSJM dice: “el informe técnico administrativo no justifica ni motiva la Tarifa Básica, ni tampoco la anchura del aprovechamiento, ni el factor corrector por clase de aprovechamiento, lo que debe llevar a la estimación del recurso y consiguiente anulación de la Ordenanza impugnada”.
El Ayuntamiento de Madrid ha recurrido la sentencia al Tribunal Supremo y aún está pendiente del fallo.
La sentencia no es firme. La confirmación de la misma podría implicar la devolución de lo pagado indebidamente.
El recurso contra la tasa de vados ha sido interpuesto por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (hipermercados, supermercados, etc).
Pero la resolución no sólo beneficiará a estos establecimientos. También cada madrileño afectado puede presentar una reclamación.
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LA CAMPAÑA DE RECLAMACIÓN DE LA TASA DE VADOS EN 2008 HA SIDO UN ÉXITO.
v Si el Ayuntamiento de Madrid no retira esta Tasa, una vez pagado el recibo correspondiente al año 2009, se deberá volver a reclamar su devolución y, así sucesivamente hasta que se produzca una sentencia firme.